El aborto es violencia

Violencia estructural

«El combate del aborto requiere que se empiece por calificarlo como crimen especialmente odioso, del que son tan responsables quienes lo perpetran como quienes mandan perpetrarlo».

Juan Manuel de Prada juanmanueldeprada.com

A Gallardón se le ha echado encima la diputambre de progreso por presentar el aborto como consecuencia de la «violencia de género estructural» que rodea a la mujer embarazada; donde vuelve a demostrarse que nada resulta más vano que tratar de complacer a quienes no desean ser complacidos.

A Gallardón no se le escapa que la sensibilidad de progreso gusta de explicar (e incluso justificar) todas las calamidades mediante la invocación a una brumosa «violencia estructural»: el terrorismo islamista es consecuencia de la violencia estructural que rige las relaciones internacionales, la delincuencia juvenil es consecuencia de la violencia estructural que se respira en los ambientes marginales, el fracaso escolar es consecuencia de la violencia estructural que se enseñorea de las familias, etcétera.

No hay crimen o desastre que, para la sensibilidad de progreso, no pueda explicarse como consecuencia de una violencia estructural que actúa, a modo de hado inexorable, sobre quienes lo perpetran o causan; y esta violencia estructural convierte a quienes la padecen en víctimas dignas de comprensión, antes que en responsables merecedores de castigo. Así actúa la sensibilidad de progreso; y Gallardón creyó que apelando a esta brumosa «violencia estructural» podría complacer a la diputambre de progreso. Y para reforzar aún más su posición, añadió al sintagma «violencia estructural» el remoquete «de género», que a la sensibilidad de progreso gusta más que a un tonto una tiza. Pero que si quieres arroz, Catalina.

¿Y cómo se explica que la diputambre de progreso reaccionase cual jauría cuando Gallardón imputó la responsabilidad última del aborto a esa «violencia estructural» que la sensibilidad de progreso ha convertido en madre de todos los males? Pues muy sencillamente: la diputambre de progreso no considera que el

Cristóbal Colón

CASABLANCA

aborto sea un mal que deba combatirse, sino un bien que conviene amparar y promocionar, como expresión magnífica de una libertad omnímoda.

En honor a la verdad, el error de Gallardón, siendo de bulto, no es distinto del que ofusca a muchos denodados defensores de la vida gestante, que en su execración del aborto empiezan siempre con la cantinela ternurista de que «el aborto es un drama para la mujer»; cantinela que la sensibilidad de progreso acuñó hace ya bastante tiempo, cuando todavía le convenía el disimulo, y que arrojó a modo de reclamo para despistar a los detractores del aborto, como el ladrón que allana una propiedad arroja un hueso al gozquecillo que debería protegerla, para mantenerlo entretenido mientras arrambla con cuanto pilla. Esta cantinela causa gran regocijo y guasa entre la sensibilidad de progreso, que entretanto se ha dedicado a «desdramatizar» el aborto, convertido ya en una acción tan trivial y aliviada de conflictos morales como ponerse tetas de silicona o extirparse una verruga.

Ingenuamente, muchos defensores de la vida siguen calificando el aborto de «drama para la mujer», lo que suena tan ridículo como calificar el hurto de «drama para el ladrón». Y no negaremos que el aborto sea, en muchos casos, el resultado de un drama (como, por otra parte, también lo es con frecuencia el hurto); pero para combatir los males hay que empezar por designarlos, dejando para un momento posterior el enjuiciamiento de las circunstancias agravantes, atenuantes o incluso exculpatorias que en la comisión de dicho mal hayan concurrido. Y el combate del aborto requiere que se empiece por calificarlo como crimen especialmente odioso, del que son tan responsables quienes lo perpetran como quienes mandan perpetrarlo; lo demás son vanos intentos de complacer a quienes no desean ser complacidos

Fuente: Fluvium.org

Escocia y la objeción de conciencia

Escocia: La objeción de conciencia se extiende a todo acto dirigido al aborto

 Fuente: ACEPRENSA  3.JUN.2013

La justicia se muestra más humana cuando intenta compaginar la ordenación de las leyes civiles con el respeto a la conciencia personal. Así lo ha entendido el Tribunal Superior de Justicia de Edimburgo (el Tribunal Supremo Civil de Escocia) al avalar la objeción de conciencia de dos comadronas respecto a su participación en actos que tengan que ver con un aborto.

El caso lo cuenta Gianfranco Amato en un reciente artículo en La Nuova Bussola. María Teresa Doogan y Concepta Wood, católicas, trabajan desde hace muchos años en el hospital NHS de Glasgow y Clyde Health. Tras haber ejercido el derecho a la objeción de conciencia, las dos mujeres nunca habían estado involucradas en los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo, hasta que, con el cierre de la Maternidad de la Reina Madre en Glasgow en 2010, se produjo un aumento de las solicitudes de aborto. Ante esta situación, les pidieron que dieran una asistencia indirecta en casos de aborto. Ellas reclamaron ante la dirección del hospital, pero su reclamación fue rechazada, alegando que la mera presencia, el acompañamiento y asistencia a los procedimientos de aborto no significa una participación directa en el mismo.

Esta decisión fue llevada por las dos enfermeras ante la autoridad judicial competente, que falló en contra de las solicitantes. Este órgano jurisdiccional hizo una distinción entre intervención directa e indirecta en la interrupción del embarazo, y reconoció el derecho a la objeción de conciencia solo en el primer

caso.

La decisión fue impugnada ante el Tribunal Superior de Justicia en Edimburgo, que ha dado la razón a las reclamantes. El Tribunal establece que “el derecho a la objeción de conciencia no puede referirse, de modo reductivo, al exclusivo momento de la interrupción quirúrgica del embarazo; sino que necesariamente se extenderá a todo el procedimiento destinado al aborto”. Según los jueces, “el derecho a la objeción de conciencia se extiende a cualquier etapa de la atención pre y post-operatoria de la interrupción del embarazo”.

No es un problema técnico, sino ético

Por otra parte, este Alto Tribunal hizo una aclaración respecto a la objeción de conciencia: “En cualquier caso, no es un problema técnico, sino un problema ético, y es por esto que incluso la mera presencia, durante la ejecución de un aborto, se debe evitar a un objetor, ya que este no puede ser considerado un mero observador pasivo”. Los jueces también añadieron que “el derecho a la objeción de conciencia no está reconocido porque se refiera a actos que alguna vez fueron ilegales, sino porque el aborto es percibido por muchas personas como un hecho moralmente repugnante (…) Es un tema en el que no pocas personas tienen profundas convicciones morales y religiosas, y el derecho a la objeción de conciencia está reconocido en virtud del respeto a esas creencias, y por ninguna

otra razón”..

El Tribunal de Edimburgo también ha tenido en cuenta un razonamiento de otro precedente de la Corte Suprema Civil escocesa (el caso de Christian Education SA vs. Ministro de Educación, 2001). En su razonamiento decía que los creyentes no pueden reclamar un derecho automático a rechazar las leyes del país a causa de sus convicciones religiosas; pero, al mismo tiempo, el Estado debe tratar de evitar, en la medida de lo posible, poner el creyente en el grave dilema de tener que elegir entre la coherencia con la propia fe y la obediencia a la ley.

EEUU crece en población y Europa no

 

 

EE.UU. crece en población y Europa envejece a pesar de las ayudas

Fecha: 16 Enero 2008

Es llamativo el contraste entre la evolución de la natalidad en Estados Unidos y en Europa. En EE.UU., sin especiales medidas de apoyo del Estado, la tasa de fecundidad en 2006 subió a 2,1 hijos por mujer, lo que asegura el reemplazo generacional y supone el nivel más alto de los últimos 35 años. En cambio, en la Unión Europea, la tasa apenas supera el 1,5, mientras los gobiernos multiplican las medidas para favorecer la natalidad.

Los datos preliminares de 2006, proporcionados por el Centro Nacional de Estadística de EE.UU., revelan que por primera vez desde el final del llamado baby boom de postguerra, la fertilidad garantiza la sustitución de generaciones. La población estadounidense alcanzó el año pasado los 300 millones de habitantes, y sigue creciendo.

Los expertos lo atribuyen a la bonanza económica anterior a la crisis que ahora se avecina, a la aportación demográfica de los inmigrantes y a la mejora de las condiciones laborales de las madres trabajadoras.

En cualquier caso, este nuevo baby boom favorece el dinamismo económico del país y refuerza su competitividad internacional. Las nuevas generaciones más numerosas aseguran que en el futuro habrá más trabajadores y más cotizantes en activo para sostener las pensiones de los jubilados.

Hay quien piensa también que las diferencias de natalidad entre los distintos estados pueden ser un factor decisivo en las próximas elecciones presidenciales. Phillip Longman, investigador de la New American Foundation, escribe que desde hace unos veinte años la demografía es más favorable a los republicanos que a los demócratas. Los estados que más votan a los conservadores son los que tienen más fecundidad, mientras que los estados más favorables a los demócratas son los que tienen menos hijos.

En las elecciones de 2000 y de 2004, Bush trinunfó en los 19 estados donde la tasa de fecundidad es más alta. Por el contrario, el candidado demócrata John Kerry venció en 16 estados situados en lo bajo de la tabla. Según los cálculos de Longman, hay una correlación del 0,84 entre tasa de fecundidad y opción de voto, lo que sería suficiente a efectos estadísticos.

Salario parental en Alemania

En cambio, Europa está comenzando a darse cuenta de que la escasa fecundidad amenaza su futuro, y muchos gobiernos han empezado a tomar medidas para estimular la natalidad. En Alemania, con una tasa de fecundidad de solo 1,33, Angela Merkel enarboló esta bandera desde el comienzo de su gobierno, y también la propia sociedad civil está en campaña para lograr una mayor aceptación de los niños (cfr. Aceprensa 3/08).

Algunos frutos empiezan a verse. En los nueve primeros meses de 2007, según la Oficina Federal de Estadística, se ha registrado un aumento del 1% de los nacimientos respecto al mismo periodo del año anterior. Es la primera vez que esto ocurre desde 1997, y está por ver si la tendencia se confirma.

Desde el comienzo de 2007, al tener un hijo los alemanes pueden interrumpir su trabajo hasta doce meses, cobrando un salario parental del 67% de su sueldo neto, con un máximo de 1.800 euros y un mínimo de 300.

Una de las sorpresas de este permiso parental es que lo han pedido más padres de lo que se esperaba. Ciertamente, son las mujeres –que representan el 90,4% de los permisos– las que sobre todo interrumpen el trabajo tras el nacimiento de un hijo. Pero 37.140 padres –el 9,6% del total de peticiones– han escogido el permiso en los nueve primeros meses de 2007. La ministra de la Familia, Ursula von der Leyen, ha tenido que pedir un presupuesto extraordinario para atender estas peticiones.

Ha llamado la atención que los hombres que escogen interrumpir su trabajo son sobre todo los que tienen título universitario o son trabajadores cualificados. Entre los que piden el permiso, el 44% han elegido una pausa profesional de entre 3 y 12 meses.

El aplazamiento de la maternidad

Francia ha mantenido desde hace décadas una de las políticas de subsidios familiares más generosas en Europa. Esto le permite hoy tener una tasa de fecundidad del 1,9, solo por detrás de Irlanda (1,99), aunque todavía por debajo del nivel de reemplazo generacional.

Como en toda Europa, la generalización de los métodos anticonceptivos desde hace cuatro décadas ha supuesto un descenso de las familias numerosas. Pero lo que distingue a Francia es que todavía, entre las mujeres nacidas en 1960, el 21,9% ha tenido tres hijos y el 9,7% cuatro o más. Lo más común es la familia de dos hijos, que en los últimos treinta años ha pasado del 25% al 40%.

El nacimiento de los hijos es cada vez más programado. Hoy los nacimientos que los padres consideran “bien planificados” ascienden al 83% del total (cfr. estudio citado en Le Monde, 28-12-2007). Con la planificación familiar se ha extendido también la intolerancia respecto a los embarazos no deseados o no aceptados por la pareja. Por eso, a pesar de la difusión de la contracepción, todos los años se registran más de 200.000 abortos. Según encuesta del INED, más de dos embarazos no previstos de cada tres se dan en mujeres que usan anticonceptivos y el 23% de los abortos conciernen a mujeres que toman la píldora.

En España, desde el 1 de julio pasado todos los recién nacidos vienen con un cheque-bebé bajo el brazo de 2.500 euros, que se aumenta hasta 3.500 si nacen en familias numerosas (de tres o más hijos) o monoparentales. Todavía es pronto para ver si esta nueva medida del gobierno de Zapatero consigue elevar la tasa de fecundidad, que ahora no pasa del 1,32. Esta tasa ha ido aumentando ligeramente, pero es muy distinta entre las mujeres españolas (1,27) y las extranjeras residentes (1,67). Actualmente, el 15% de los nacimientos corresponden a madres extranjeras.

Pero el cheque-bebé no es el único factor que puede influir en la natalidad. Una de las causas de la baja natalidad es el retraso en la maternidad, pues la edad media en el primer parto se ha alargado hasta los 29,3 años. Este retraso hace que las mujeres tengan menos hijos de los que desearían según las encuestas. En 2005, los nacimientos de un tercer hijo fueron el 7,56% del total y los del cuarto o más, el 2,39%. Así que cada vez hay más niños españoles que no tienen hermanos.

El aplazamiento de la maternidad lleva también a que existan más problemas de fertilidad. Pasados los 35 años, la calidad y cantidad de los óvulos empiezan a bajar, y a partir de los 37 caen drásticamente. En los últimos cuatro años, casi el 30% de las mujeres que solicitaron tratamientos de fertilidad eran mayores de 38 años

Fuente: Aceprensa

Discurso del Papa a farmacéuticos

 

 

 

 

DISCURSO DEL SANTO PADRE BENEDICTO XVI
A LOS PARTICIPANTES EN UN CONGRESO INTERNACIONAL
DE FARMACÉUTICOS CATÓLICOS

Lunes 29 de octubre de 2007

 

Señor presidente;
queridos amigos
:

Me alegra acogeros, miembros del Congreso  internacional de farmacéuticos  católicos, con ocasión de vuestro 25° congreso, que tiene por tema:  «Las nuevas fronteras de la farmacia». El desarrollo actual del arsenal de medicinas, y las posibilidades terapéuticas que de él se derivan, exigen que los farmacéuticos reflexionen sobre las funciones cada vez más amplias que están llamados a ejercer, en particular como intermediarios entre el médico y el paciente.

Desempeñan un papel educativo con respecto a los pacientes con vistas al uso correcto de los medicamentos y, sobre todo, para dar a conocer las implicaciones éticas de la utilización de ciertos medicamentos. En este campo no es posible anestesiar las conciencias, por ejemplo, sobre los efectos de moléculas que tienen como finalidad evitar la implantación de un embrión o abreviar la vida de una persona. El farmacéutico debe invitar a cada uno a un impulso de humanidad, para que todo ser humano sea protegido desde su concepción hasta su muerte natural, y para que los medicamentos cumplan verdaderamente su función terapéutica.

Por otra parte, ninguna persona puede ser utilizada, de manera desconsiderada, como un objeto, para realizar experimentos terapéuticos. Estos deben realizarse según protocolos que respeten las normas éticas fundamentales. Todo tratamiento o experimento debe tener como perspectiva una posible mejoría de la persona, y no solamente la búsqueda de avances científicos. No se puede buscar un bien para la humanidad en detrimento del bien de los pacientes.

En el campo moral, vuestra federación está invitada a afrontar la cuestión de la objeción de conciencia, que es un derecho que debe reconocerse a vuestra profesión, permitiéndoos no colaborar, directa o indirectamente, en la suministración de productos que tengan como finalidad opciones claramente inmorales, como por ejemplo el aborto y la eutanasia.

Conviene también que las diferentes estructuras farmacéuticas, desde los laboratorios hasta los centros hospitalarios y las oficinas, así como todos nuestros contemporáneos, se preocupen por ser solidarios en el campo terapéutico, para permitir el acceso a la asistencia y a los medicamentos de primera necesidad a todos los sectores de la población y en todos los países, sobre todo a las personas más pobres.

 

 

Ojalá que, en calidad de farmacéuticos católicos, bajo la guía del Espíritu Santo, toméis de la vida de fe y de la enseñanza de la Iglesia los elementos que os guíen en vuestra actividad profesional con los enfermos, que necesitan un apoyo humano y moral para vivir con esperanza y para encontrar la fuerza interior que les ayude cada día.

A vosotros os corresponde también ayudar a los jóvenes que entran en las diferentes profesiones farmacéuticas a reflexionar sobre las implicaciones éticas cada vez más delicadas de sus actividades y de sus decisiones. Con este fin es importante que se movilicen y se unan todos los profesionales católicos del ámbito de la salud y las personas de buena voluntad, para profundizar su formación no sólo en el campo técnico sino también en lo que concierne a las cuestiones de bioética, y para proponer dicha formación a todos los que ejercen esa profesión.

El ser humano, por ser imagen de Dios, debe ocupar siempre el centro de las investigaciones y de las opciones en materia biomédica. Al mismo tiempo, es fundamental el principio natural del deber de proporcionar asistencia al enfermo. Las ciencias biomédicas están al servicio del hombre; si no fuera así, tendrían un carácter frío e inhumano. Todo conocimiento científico en el campo de la salud y toda actividad terapéutica están al servicio del hombre enfermo, considerado en su ser integral, que debe participar activamente en los cuidados que se le suministran y debe ser respetado en su autonomía.

Encomendándoos a vosotros, así como a los enfermos que estáis llamados a asistir, a la intercesión de la santísima Virgen y de san Alberto Magno, os imparto la bendición apostólica a vosotros, a todos los miembros de vuestra federación y a vuestras familias.

 

Derechos humanos del concebido

Declaración de los derechos humanos del concebido
Principio 1.- Todo Concebido, varón o mujer, discapacitado o no, disfrutará de los derechos enunciados en esta Declaración.

Principio 2.- Todo Concebido tiene derecho a que se le reconozca como un individuo de la especie humana y, por lo mismo, cuenta con todos los derechos humanos reconocidos por la ONU, por los organismos internacionales y por las constituciones de los Estados.

Principio 3.- Todo Concebido tiene derecho a que se le reconozca su individualidad, en tanto que su código genético propio es único e irrepetible y, por lo mismo, diferente al de sus progenitores.

Principio 4.- Todo Concebido tiene derecho a que se reconozca y respete en él, el valor supremo de la vida, desde el momento de la concepción hasta su muerte natural y, por lo mismo, deberá ser respetado y cuidado este derecho a lo largo de todo su proceso de vida en el seno materno y, una vez nacido, fuera de él.

Principio 5.- El valor supremo de la vida del Concebido debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de velar por su desarrollo integral. Dicha responsabilidad recae, en primer término, en su padres, y de manera subsidiaria en sus demás familiares, en la sociedad y en el Estado.

Principio 6.- Todo Concebido deberá ser protegido de cualquier tipo de discriminación por motivo de raza, etnia, condición genética, sexo, origen social, situación económica, de él o de sus progenitores.

Principio 7.- El Concebido es un individuo en desarrollo, con sus derechos específicos, que no puede reclamarlos ni exigirlos por razones propias de esta etapa de su vida, por lo que se impone a sus padres, a la sociedad y al Estado la obligación irrenunciable de velar por su respeto.

Principio 8.- Todo Concebido, para el pleno y armonioso desarrollo de su individualidad, deberá hacerlo bajo el amparo y responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad. La mujer embarazada deberá contar con los cuidados propios y atenciones especiales de este periodo.

Principio 9.- Todo Concebido dispondrá de las oportunidades y servicios dispensados por la ley y por otros medios, en condiciones de libertad y dignidad, para que pueda desarrollarse física, mental, espiritual y socialmente, en forma integral; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales.

Principio 10.- Todo Concebido tiene derecho a una nacionalidad, y el Estado deberá reconocer y proteger todos sus derechos.

Fecundación in vitro

Declaración de Guanajuato sobre Fecundación in Vitro

20 de abril de 2013

Antecedentes

En la Ciudad de Guanajuato, Guanajuato, México el 20 de abril de 2013, se han reunido personas expertas en el área de bioética, incluidos médicos, filósofos, biólogos, juristas, académicos y científicos en general, con el propósito de suscribir la Declaración de Guanajuato que incluye algunas reflexiones interdisciplinarias en relación a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia Murillo y otros (“Fecundación in vitro”) vs. Costa Rica del 28 de noviembre de 2012.

Objetivos

En esta Declaración, se propone evidenciar algunas deficiencias de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso ya referido, y postular diversos principios o ideas relevantes que deben considerarse por cualquier órgano nacional o internacional que tenga a su cargo la interpretación, promoción y defensa de los derechos humanos. Las personas cuyas firmas aparecen al final de la Declaración (“suscriptores”), aceptan y apoyan cada uno de los puntos enlistados en la misma, y los someten a la comunidad científica internacional para que, quienes coincidan, puedan manifestar su conformidad con ella (“adherentes”).

Los suscriptores de la Declaración, lamentamos las imprecisiones científicas y jurídicas de la sentencia, por lo que los efectos de la misma deben ser únicamente para el caso planteado, es decir, en virtud de sus deficiencias no puede considerarse como un antecedente legítimo para el tema de la regulación legal de la Fecundación in vitro , ni para algún otro tema relacionado con la misma.

Puntos

  1. La dignidad humana es el fundamento de los derechos humanos. No existe valor alguno que posea la ultimidad fundamentadora de la dignidad. Ni siquiera la libertad, la igualdad, o incluso la justicia, son capaces de soportar por sí mismos todo el sistema normativo que suponen los derechos humanos. En consecuencia, todo órgano con funciones judiciales a nivel nacional o internacional, cuando tenga que resolver cuestiones relativas a una posible violación o afectación de derechos humanos, debe acudir ante todo a la dignidad humana, pues es el único elemento del sistema jurídico que le permitirá, por un lado, fundamentar correctamente su resolución en razón del respeto que se debe en todo momento al ser humano y; por otro, orientar la ponderación de derechos, lo cual supone encontrar la mejor manera para ejercitarlos. La actuación judicial que soslaye la importancia de la dignidad humana y en su lugar coloque algún otro valor o norma, anticipa una solución parcial que lejos de resolver la problemática planteada se traduce en una desprotección del ser humano contrariando la vocación inherente a los derechos humanos.
  1. La vida del embrión humano es, desde el principio humana, pues su naturaleza no se modifica o perfecciona en razón de su crecimiento, desarrollo o suficiencia; en consecuencia, merece desde el principio, la protección que ofrecen los derechos humanos. De la misma manera en que actualmente se reconocen los derechos de los niños, de las mujeres, de las personas con discapacidad, etcétera. Hoy en día los avances científicos en el área de la embriología, nos obligan a plantear y defender los derechos del embrión, colocándose en primer lugar el derecho a la vida dada su condición de vulnerabilidad.
  2. El término “concepción” utilizado por el artículo 4.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, debe ser entendido de la misma manera en que fue considerado al suscribirla en 1969, es decir, como la unión del óvulo con el espermatozoide. El argumento que sostiene que la implantación es lo que define la concepción es falso; la implantación cierra el ciclo de la concepción que, entre otras cosas, permite diagnosticar el embarazo. La práctica misma de las TRHA demuestra que el desarrollo del embrión se inicia desde la fecundación.
  3. Los principales instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, tales como: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, establecen expresamente el derecho a la no discriminación, derecho del cual también es titular el embrión; por tanto, no hay razón que justifique la distinción que, en el uso de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA), se haga entre el embrión cuya implantación se procura y los embriones que son desechados o crioconservados. Estas acciones las consideramos moralmente reprochables y en las que se necesita una decisiva intervención de las autoridades.
  4. Los derechos humanos son normas independientes, lo cual significa que la legitimidad, existencia, vigencia y pertenencia de cada uno dentro del sistema jurídico no depende de la legitimidad, existencia, vigencia y pertenencia de otro. Por ende, no podemos y debemos confundir correlación con independencia. De tal modo, que los derechos reproductivos se relacionan, entre otros, con el derecho a la vida privada, pero ello no quiere decir que el primero esté condicionado por el segundo. De no aceptarse, la independencia de los derechos humanos, entonces se tendría que admitir forzosamente la jerarquía entre ellos. Esto es algo que en una sociedad democrática y verdaderamente libre no puede ser aceptado.
  5. El sistema normativo propio de los derechos humanos no admite que uno de ellos, cualquiera que este sea, se sobreponga o imponga a priori a otro, ya que todos tienen la misma jerarquía y la misma fuerza obligatoria. Esto no obsta para que en caso de conflicto se realice una ponderación de los mismos. Considerar el derecho a la vida privada como fundamento de otros derechos como, por ejemplo, los derechos reproductivos no puede ser admitido en la lógica planteada.
  6. La historia del mundo contemporáneo bien puede explicarse en términos de una franca lucha entre autoridad y libertad, que ha dado lugar a la irreconciliable división entre vida pública y vida privada como si los derechos humanos pudiesen ubicarse exclusivamente en alguno de esos espacios. La realidad es que los derechos humanos no son exclusivos de la vida pública, así como tampoco son estrictamente de la vida privada. Si los derechos humanos y en especial los derechos reproductivos, estuvieran enraizados únicamente en el ámbito público, estos no serían más que concesiones o prerrogativas que el Estado otorga a las personas. Por el contrario, si estuvieren fincados sólo en el ámbito privado, estos serían una especia de normas o directrices producto de la convención o consenso sociales. Ambas posturas ya están desacreditadas en nuestros días. En consecuencia, todo lo relativo a los derechos humanos, y en particular a los derechos reproductivos, tiene algo de público y algo de privado. Indudablemente en su ejercicio interviene la libertad personal, pero el hecho de que el Estado se preocupe de su reconocimiento, protección y promoción, demuestra que en ellos también hay algo de público, es decir de justicia.
  7. La sociedad espera que cuando un órgano jurisdiccional nacional o internacional asume la protección de los derechos humanos, se allegue de los datos científicos necesarios proporcionados por académicos e investigadores adscritos a universidades y centros de investigación a fin que le permitan una adecuada apreciación de los hechos y circunstancias. En este sentido, se advierten varios errores e imprecisiones científicas y deficiencias metodológicas en la sentencia de la Corte, algunos de los cuales son: a) Peso excesivo de fuentes no científicas para definir la concepción; b) Se afirma de manera incorrecta que: “Antes de la FIV no se contemplaba científicamente la posibilidad de realizar fertilizaciones fuera de la mujer” (No. 179), siendo que desde el año 1934, el Dr. Gregory Pincus lo realizó en conejos; c) Se sostiene que todas las células del embrión de 2 semanas son idénticas (No. 184, pié de página No. 280), cuando en realidad tiene cientos de células y estructuras tan distintas como las membranas placentarias, y las estructuras complejas del embrión ectodermo, endodermo y mesodermo; d) Se confunde al óvulo fecundado con el blastocisto (No. 180), pues aseguran que el óvulo fecundado es el que se implanta en el endometrio y; e) Se afirma que en el embrión en estado de ocho células todas ellas son idénticas (Pag. 59, cita 280, perito Escalante), cuando es bien sabido que desde el embrión de dos células ya tienen una direccionalidad en donde prioritaria, aunque no únicamente una, define la formación del embrión y la otra célula es la base para la formación de la placenta y membranas placentarias.
  8. La protección mínima que una sociedad justa puede ofrecer a los embriones desde la fecundación es el respeto por los Derechos Humanos. De no ser así, o bien, hacerlo a partir de la implantación daría lugar a acciones reprochables como: el tráfico ilegal de embriones humanos, la compraventa de los mismos o su disposición por los laboratorios sin el permiso de los padres biológicos, ni de los padres adoptivos.
  9. Los suscriptores y adherentes de esta Declaración movidos por nuestra tarea académica y científica de buscar la verdad y realizar el bien en nuestra labor, postulamos estos principios para que orienten toda reflexión que se haga respecto a los derechos humanos y, en especial, a los derechos reproductivos

 

Curar las heridas del aborto

Curando las heridas del divorcio y del aborto

Un Congreso considera el papel de la Iglesia en la curación

ROMA, martes, 8 abril 2008 (ZENIT.org).- El dolor y el sufrimiento causados por el aborto y el divorcio impiden a muchas personas vivir una vida de fe plena, constató una conferencia internacional celebrada en Roma sobre la situación de los hijos de divorciados, así como de padres de niños abortados.

El congreso, celebrado entre el 3 y el 4 de abril, titulado «Bálsamo en las heridas: una respuesta a las repercusiones del aborto y el divorcio», fue organizado por el Instituto Pontificio Juan Pablo II para los Estudios sobre el Matrimonio y la Familia, así como por los Caballeros de Colón.

Victoria Thorn, fundadora del Proyecto Raquel, dijo que «la ruptura causada por el aborto impide a millones de personas entrar plenamente en su itinerario de fe, experimentar plenamente la vida divina en su interior».

«La herida del aborto –explicó Thorn– es a la vez espiritual y humana y debe ser resuelta en ambos campos para ser curada».

La mujer que ha tenido un aborto «cree que ha cometido el pecado imperdonable. Este es el núcleo de la herida espiritual. Es una madre que sabe que es responsable de la muerte de su hijo; un niño que ella nunca permitió nacer, ver y criar. Este es el núcleo de la herida humana».

La madre Mary Agnes Donovan, de las Hermanas de la Vida en Nueva York, dijo que «la dificultad en todo aborto consiste en que provoca una destrucción profunda e inevitable. Si la persona alguna vez tuvo una chispa de fe, o convicción religiosa, o educación moral, queda hundida por la culpabilidad –una culpabilidad que puede entrar muy dentro del inconsciente por las fuerzas que actúan–, y que es un cáncer en el alma».

Sobre el tema de la fe y los hijos de divorciados, Elizabeth Marquardt, vicepresidenta del Centro para el Matrimonio y Familias del Instituto de Valores Americanos en Nueva York, presentó un estudio en el que se revela que «los niños criados en el divorcio dicen que no existe el «buen» divorcio. Incluso los amistosos o «buenos» divorcios exigen a los hijos crecer entre dos mundos, obligados a encontrar sentido en las a menudo dramáticamente diferentes creencias, valores y modos de vida de sus padres».

El divorcio obliga a los hijos a dar sentido a los dos mundos de sus padres. El resultado es que el divorcio supone un permanente conflicto interior en la vida de los hijos. «El conflicto interior pesa sobre los hijos, haciéndoles crecer demasiado pronto».

Los hijos de divorciados, añadió Marquardt, «se sienten en sí mismos como divididos, desgarrados entre los mundos de sus padres. Se sienten mucho más solos. Se convierten en cautelosos y a menudo reservados. No saben a quién pertenecen. Sienten que tienen que resolver las grandes cuestiones de la vida por ellos mismos. Luchan con una enorme pérdida que impacta su vida espiritual. Y hacen todo esto en aislamiento y silencio, porque nadie habla del trabajo que se les ha impuesto: dar sentido solos a los dos mundos diferentes de sus padres».

Como resultado de sus dos mundos, «los hijos de divorciados tienen muchas menos probabilidades de tener una implicación consistente en una confesión religiosa mientras crecen», por eso, según las estadísticas, «son mucho menos religiosos que los hijos de familias unidas», explicó Marquardt.

Marquardt también revela en su investigación que muchos hijos de divorciados tienen gran dificultad para comprender que Dios es padre, debido a la lejanía de las relaciones paternas. Ahora bien, quienes tienen fe, dijo Marquardt, su relación con Dios llena un vacío. «Se vuelven a Dios en busca de amor y guía, ante la ausencia de un padre o una madre, o para evitar una vida solitaria».

«Está claro –concluyó Marquardt– que independientemente de que lleguen a ser más o menos religiosos, los itinerarios espirituales de los hijos de divorciados reflejan consistentemente historias de pérdida, dolor y soledad».

Marquardt dijo que las Iglesias pueden prestar una enorme ayuda a los hijos y familias afectados por el divorcio, por ello se trata de un tema que no hay que evitar. «Es plenamente posible ser compasivos con los hijos de divorciados y subrayar la importancia del matrimonio y al mismo tiempo afirmar y apoyar a los progenitores solos y divorciados».

Por su parte Thorn subrayó que «el pecado del aborto se ha extendido tanto, es tan abrumador hoy, que es un imperativo el que la Iglesia no sólo mantenga su postura profética de protección de las vidas humanas no nacidas, sino también que ayude a curar a los millones de personas que han quedado involucradas en el mal del aborto, voluntariamente u obligadas, conscientes o ignorantes de la realidad, extendiendo a ellos el perdón y la curación de Dios».

«Las mujeres que experimentan la curación a través de la misericordia y el amor de Dios no realizan más abortos. Los hombres que se recuperan del aborto trabajan con diligencia para acabar con los abortos así como las mujeres. En efecto –concluyó Thorn– estas personas se convierten en piedras angulares de la cultura de la vida»

Anticonceptivos de última generación

Cuidado con los anticonceptivos de última generación

España: El uso de anticonceptivos es la mayor alteración del sistema ecológico: la fertilidad humana

El Foro de la Familia pide retirar el Diane 35 contra el acné usado como contraceptivo, ya prohibido en Francia

Fuente: Zenit.org

MADRID, 04 de febrero de 2013 (Zenit.org) – Las noticias que llegan de Francia y Europa sobre actuaciones de los organismos competentes en materia de medicamentos para revisar, en su caso, la comercialización de los llamados anticonceptivos de última generación y la prohibición de la píldora anticonceptiva Diane 35, son una prudente señal de alarma sobre las eventuales consecuencias dañinas para la salud del consumo masivo de productos anticonceptivos por las mujeres de hoy.

Para Benigno Blanco, presidente del Foro de la Familia de España, “la generalización del uso habitual de anticonceptivos es, en estos momentos, la mayor alteración sistemática y programada de un sistema ecológico en nuestro planeta: la fertilidad humana. No tenemos experiencia ni ha habido precedente alguno de uso de productos que alteran de forma habitual –durante un periodo prolongado de la vida de
las mujeres- el funcionamiento natural de su organismo”.

“Además, –prosigue Benigno Blanco- la extensión de la anticoncepción es profundamente antiecológica y está cambiando de manera descontrolada equilibrios básicos de la vida humana con consecuencias hoy día imprevisibles a escala planetaria. Resulta difícil de entender cómo es posible que en una época en que se supone existe una gran preocupación por la ecología y la conservación natural de los ecosistemas de vida en nuestro planeta, a la vez nos acostumbramos a la modificación artificial y sistemática del cuerpo de las mujeres y hombres y su fertilidad”.

Según indica el presidente del Foro de la Familia, “cualquiera que lea los prospectos de cualquier producto anticonceptivo, o siga los estudios que se publican habitualmente en las revistas científicas, saben que el uso habitual de estos fármacos aumenta considerablemente el riesgo de ataques cardíacos, hipertensión, cáncer de pecho, así como el riesgo de infectarse por el virus del papiloma humano con el consiguiente riesgo de cáncer cervical, entre otros múltiples factores de riesgo descritos en la literatura científica”.

“De hecho, por ejemplo, –subraya Blanco- la recién iniciada investigación de la Agencia Europea del Medicamento (EMA), sobre los anticonceptivos de última generación, es consecuencia del aumento sensible de trombos entre las usuarias de estos anticonceptivos. No es por lo tanto inocuo para la salud de las mujeres el consumo habitual de anticonceptivos como resulta profundamente desequilibrador para la ecología humana la renuncia sistemática a la fertilidad con los consiguientes desequilibrios demográficos que ya están produciendo consecuencias dramáticas de tipo económico social en Europa, China y otros países del continente asiático”.

El Foro de la Familia reclama de las autoridades sanitarias una revisión a fondo de los riesgos asociados al consumo de este tipo de fármacos y campañas de información seria sobre los riesgos a las potenciales usuarias.

En concreto el Foro de la Familia pide al Ministerio de Sanidad que siga el ejemplo del gobierno francés y de las autoridades sanitarias europeas respecto al Diane 35 y los anticonceptivos de última generación y que no ceda a las presiones de la industria farmacéutica para mantener la dispensación de la PDD sin receta médica.

Por su parte la Federación Internacional de Asociaciones Médicas Católicas (FIAMC), reproduce en su página web, una nota emitida en aras de la seguridad de los pacientes, por la Agencia Nacional de Seguridad del Medicamento y de los Productos de Salud (ANSM) de Francia en la que anuncia emprender un procedimiento de suspensión del Diane 35 y sus genéricos.

El Diane 35 es un medicamento usado en el tratamiento del acné y no es un contraceptivo.

En una nota de prensa de la ANSM se afirma: “Según la evaluación del conjunto de daros disponibles, la ANSM estima que la relación beneficio/riesgo del Diane 35 y sus genéricos es desfavorable en el tratamiento del acné, respecto en especial al riesgo tromboembólico venoso y arterial al que se exponen las mujeres tratadas. Además, el uso importante de estos medicamentos como contraceptivos no es correcto y su eficacia como contraceptivos no ha sido demostrada por estudios clínicos apropiados”.

La ANSM, informa la nota, emprendió en diciembre de 2011 la reevalución de los medicamentos en los que la AMM es anterior a 2005. En este marco, la Agencia ha reexaminado la colocación del Diane 35 y sus genéricos en Francia.

La Agencia considera que estos medicamentos no deben ser empleados más como contraceptivos: no tienen AMM en esta indicación.

La ANSM a evaluado de nuevo el beneficio/riesgo del Diane 35 en su única indicación autorizada: el “tratamiento del acné en la mujer: la eficacia es moderada y no se observa sino después de varios meses de tratamiento”. Nuevos datos sobre el riesgo tromoboembólico demuestran en especial un riesgo tromboembólico venoso cuatro veces más elevado que en mujeres que no toman estos tratamientos. Existen además alternativas para el tratamiento del acné.

En este contexto, la ANSM considera que la relación beneficio/riesgo del Diane 35 y sus genéricos es desfavorable en el tratamiento del acné.

Tras la información de los industriales afectados, la ANSM ha decidido emprender un procedimiento de suspensión de las Autorizaciones de Puesta en el Mercado (AMM) de estos medicamentos.

La suspensión tendrá efecto en un plazo de tres meses. En lo inmediato: los pacientes no deben interrumpir abruptamente su tratamiento con Diane 35 o sus genéricos, y pueden proseguirlo hasta una próxima consulta con su médico, o con otro prescriptor, que revisará con ellos las opciones terapéuticas que convengan mejor a su situación individual; los médicos no deben prescribir estos medicamentos, ni para inicio de tratamiento ni para renovación; los farmacéuticos deberán expender los tratamientos necesarios para evitar toda ruptura abrupta del tratamiento hasta que la paciente consulte de nuevo a su médico u otro prescriptor (preferiblemente expender envases de un mes de tratamiento).

Al término de este periodo de tres meses, la suspensión de las AMM tendrá efecto: toda prescripción y toda expedición serán prohibidas y el conjunto de lotes del mercado será retirado.

Paralelamente, se ha iniciado un procedimiento de arbitraje a nivel comunitario por parte de la ANSM, estando estos medicamentos autorizados por la mayoría de los estados miembros europeos. Este arbitraje mirará a retirar, suspender o modificar el conjunto de las AMM afectadas en Europa”